domingo, 2 de marzo de 2014

LEY 13/2010 CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO EN CASTILLA Y LEÓN

En la asignatura de contexto y metodología de la intervención social este trimestre hemos trabajado las diferentes leyes que de una manera u otra nos tocan a los integradores sociales.
A mí en particular, junto con mis dos compañeras Minerva y Marta nos tocó la ley contra la violencia de género, una ley imprescindible en la sociedad en la que vivimos.

A continuación me gustaría dejaros un pequeño resumen de que consta esta ley.

LEY  13/2010 CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO EN CASTILLA Y LEÓN

OBJETO

Regular todas aquellas medidas tendentes a erradicar la violencia de género mediante la sensibilización, la prevención y la atención integral a sus víctimas a fin de conseguir su recuperación efectiva  y la de las personas que de ellas dependa.

CONCEPTO
 
Se entiende por violencia de género cualquier acto de violencia hacia las mujeres. 
Queda incluido:
  • Violencia física
  • Violencia Psicológica
  • Violencia sexual
  • Violencia económica
  • Trato y trata de mujeres y niños con fines de explotación
  • Violencia relacionada con principios culturales
  • Acoso verbal sexual 
  • Acoso laboral
Ámbitos de manifestación: 
  • Relaciones afectivas
  • Familiar
  • Laboral
  • Social/Comunitario
QUEDAN REGISTRADOS
  • Medidas previstas
  • Medidas judiciales
  • Sensibilización: cuyo objetivo es modificar los estereotipo y prejuicios existentes.
  • Formación: sanitario, policial, social, educativo, laboral, psicológico y de los medios de comunicación. 
  • Prevención tanto en el sistema educativo como en el ámbito sanitario
DERECHOS
  • Derecho a la información sobre los distintos recursos de atención. 
  • Derecho a la atención especializada. 
  • Derecho a la intimidad y privacidad. 
  • Derecho a la atención social. 
  • Derecho a la atención psicológica. 
  • Derecho a la asistencia jurídica. 
  • Derecho a la escolarización inmediata de los menores. 
  • Derecho a la atención sanitaria
CENTROS
  • Centros de emergencia: acogida de carácter urgente, para garantizar su integridad y seguridad  
  • Casas de acogida: Dispensan por personal especializa alojamiento seguro y manutención.  
  • Pisos tutelados: Dispensan alojamiento y seguimiento psicosocial en régimen de autogestión.  
  • Organización y funcionamiento: Serán objeto de desarrollo normativo

SERVICIOS

  • Jurídicos 
  • Psicológicos 
  • De inserción laboral 
  • De gestión de ayudas 
  • De urgencia social 
  • Aquellos que se consideren necesarios por la Administración. Autonómica
OTROS RECURSOS
  •  Acceso al empleo  
  • Acceso a la vivienda

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